Preguntas Frecuentes
Sepa qué necesita traer a la notaría para realizar un trámite en específico.
Minuta de un Abogado.
Otorgamiento por escritura pública en una Notaría
Publicación del extracto autorizado por Notario en el Diario Oficial.
Inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
Se necesitan 2 testigos mayores de 18 años, que no sean familiares del solicitante quienes acreditan el estado civil. El interesado no es necesario que venga a la notaría.
Presentarse padre y/o madre con su cédula de identidad vigente y certificado de nacimiento del menor.
Certificado de Anotaciones Vigentes del Vehículo extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificación al día.
Último Permiso de Circulación.
Si el vendedor o el comprador, son personas jurídicas, deben además traer el Rut de la Empresa y la escritura social por la cual consta su personería para representarla, con vigencia.
Ambas partes deben presentarse con su cédula de identidad al día, y ser mayores de 18 años.
En caso de que el arrendador y el arrendatario, sean personas jurídicas deben presentar el Rut., y copia de la escritura social por la cual consta su personería.
Además, el arrendador deberá acreditar el dominio de la propiedad que pretende dar en arriendo con un certificado de dominio vigente, mas información.
Definicion: El testamento es un acto solemne, en que una persona dispone de todo o parte de sus bienes para que tenga efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él mientras viva", según lo define el artículo 999 del código civil.
El testamento solemne abierto -que es el que más se utiliza- debe constar por escrito y otorgarse ante competente escribano y tres testigos.
El testamento solemne cerrado se otorga también ante Notario y tres testigos, para lo cual el testador debe concurrir al acto con su testamento previamente hecho, el que se guarda en un sobre lacrado y sellado que firman el testador, los testigos y el Notario. Del contenido de este documento sólo tiene conocimiento el testador.
Copia de la inscripción de dominio actualizada otorgada por el Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
Certificado de Hipotecas y Gravámenes actualizado otorgado por el mismo Conservador de Bienes Raíces.
Certificado de Deslindes de la propiedad si en los documentos anteriores no se indican.
Certificado de Tesorería que acredite que la propiedad no tiene deudas de contribuciones o último pago de contribuciones de la fecha en curso o en su defecto Certificado de Avalúo Fiscal extendido por el Servicio de Impuestos Internos.